Bueno como no se tomo enserio mi mensaje pasare a denunciar a las autoridades pertinentes vigilen el chat, responsables ustedes los del chat. Estan ejerciendo abusos de autoridad en el chat esoterismo los op paso a mencionar Ana, medussa, thorIII,Gran adivinador y algunos que no dan la cara quizás por miedo a enjuiciamientos del chat esoterismo chat zona abderido a gente chat y a otros formatos chat los cuales se ejerce un abuso de poder. Paso a informar de la ley: Esta prohibido medicar y hacer cualquier consulta medica sin que sea medico colegiado.... eso esta penado en españa. Entran menores de edad a los cuales cualquier información puede ser peligrosa para ellos ya sea menor de edad por que les enseñan rituales con quimicós etc. Se ejerce abuso de poder por parte de los op de su canal. Tengo copiado y pegado datos del chat medicando tanto en chatzona como en gente chat y otros asociados suyos. Pruebas directas incriminatorias. Paso a especificar leyes en españa:
El Código Penal considera intruso a El que ejerciere actos propios de una profesión sin poseer el correspondiente título académico expedido o reconocido en España de acuerdo con la legislación vigente, incurrirá en la pena de multa de seis a doce meses. Si la actividad profesional desarrollada exigiere un título oficial que acredite la capacitación necesaria y habilite legalmente para su ejercicio, y no se estuviere en posesión de dicho título, se impondrá la pena de multa de tres a cinco meses. Si el culpable, además, se atribuyese públicamente la cualidad de profesional amparada por el título referido, se le impondrá la pena de prisión de seis meses a dos años.2
El desempeño legítimo de actividades profesionales por los ciudadanos constituye uno de los fenómenos sociales que alcanza reconocimiento expreso en la Constitución. En el artículo 35 de la misma se establece el deber de trabajar y el derecho al trabajo y a la libre elección de profesión u oficio de todos los españoles. Sin embargo, esta proclamación del libre ejercicio profesional cuenta con limitaciones desde el propio texto constitucional. Según dispone su artículo 36, la ley regulará el ejercicio de las profesiones tituladas, lo que se traduce en la restricción de acceso al desarrollo de concretas profesiones a través de la normativa que rige todo el sistema profesional, básicamente de naturaleza administrativa, pero también laboral, mercantil e internacional. Consecuencia del establecimiento normativo de determinados requisitos para la incorporación al mercado profesional, el legislador cierra el sistema conminando con sanción penal a aquellos que incumplen alguna de las exigencias establecidas: concretamente, la relativa a poseer el título (académico u oficial), único instrumento esencial para el ejercicio de las denominadas profesiones reguladas en cuanto a sanidad y a medicar.
Caso 2
El abuso de poder o también denominado abuso de autoridad es la extralimitación de funciones por parte de determinados funcionarios públicos o autoridades mientras ejercen su cargo. Un ejemplo puede indetificarse con el abuso de superioridad que el Código Penal establece como circunstancia agravante de la responsabilidad penal. El artículo 22 de la citada norma establece entre esas circunstancias, la siguiente:
Ejecutar el hecho mediante disfraz, con abuso de superioridad o aprovechando las circunstancias de lugar, tiempo o auxilio de otras personas que debiliten la defensa del ofendido o faciliten la impunidad del delincuente.
Dicha superioridad puede venir dada, por ejemplo y precisamente, por el hecho de ejercer un cargo de autoridad o poder.
La conducta del servidor público ...que ejerciendo sus funciones o con motivo de ellas hiciere violencia a una persona sin causa legítima o la vejare o la insultare. La acción ejecutiva consiste, en primer término, en ejercer violencia. No se hace mención en la descripción típica a la naturaleza o clase de la violencia; pero si reconstruimos dogmáticamente el precepto no existe duda alguna de que el término violencia abarca tanto la física como la moral.El servidor público la vejare o la insultare; quien en ejercicio de sus funciones y con motivo de ellas maltrata, molesta, persigue, hace padecer a otro o le ofende provocándole o irritándole con palabras y acciones, también abusa de su cargo.
Al que cometa el delito de abuso de autoridad se le impondrán de uno a ocho años de prisión, multa desde treinta hasta trescientas veces el salario mínimo diario.
No bromeo más.